Plan de autoprotección

La ley de Prevención de Riesgos laborales, en su artículo 20, obliga a las empresas y a la Administraciones Públicas al establecimiento de un Plan de emergencias que incluya tanto la lucha contra incendios como medidas de evacuación y salvamento.

Igualmente, la Orden de 4 de noviembre de 1985 de la Conserjería de Educación y Ciencia (B.O.J.A. nº 116 de 7 de diciembre) establece la obligatoriedad para todos los centros docentes no universitarios de disponer de su propio Plan de Autoprotección.

El presente Plan de Autoprotección se crea con la finalidad de tener programada la actuación de todo el personal docente y no docente en caso de necesidad de desalojar el centro por causas sorpresivas que puedan producir riesgo y peligro a la integridad física de las personas que se encuentran en el colegio.

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PLAN DE EVACUACIÓN

EL PLAN DE EVACUACIÓN SE INCLUYE DENTRO DEL PLAN DE AUTOPROTECCIÓN DEL CENTRO.

En él se recogen los siguientes aspectos:

  • Aviso de evacuación.
  • Procedimiento de evacuación.
  • Acciones a tener en cuenta.

Plan de evacuación / Salesianos Pozoblanco